- No se busca sancionar penalmente a quienes reparen o modifiquen sus dispositivos; sino a quienes lucren con contenidos, obras o información obtenida de forma ilícita
Palacio Legislativo, 09-07-2020 (Notilegis).- Diputados y especialistas coincidieron en que las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, para cumplir con lo establecido en el Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), protegen los derechos de los creadores en las plataformas digitales y no pretenden censurar el derecho a la información, ni coartar la libertad de expresión.
Durante el panel de discusión “Mitos y realidades sobre las reformas a la Ley Federal de Derecho de Autor”, que se realizó de manera virtual en el marco del programa “Parlamento en Vivo”, organizado por la Coordinación de Comunicación Social de la Cámara de Diputados, rechazaron que se busque aplicar sanciones penales a quienes reparen o modifiquen sus dispositivos, sino a quienes usen los contenidos de manera ilícita y con fines de lucro.
El diputado Jorge Arturo Espadas Galván (PAN) aseguró que estas reformas no buscan censurar al ciudadano, al contrario, pretenden proteger los derechos de los autores, entre otras cuestiones.
Explicó que son temas ya regulados con anterioridad, “en medios tradicionales, pero no en el ciberespacio, que es donde podemos distribuir la información. Entonces, más allá del T-MEC, que sí era un tema necesario, es una actualización de la norma para regular las plataformas digitales, como lo hemos intentado hacer en otro tipo de cosas”.
“En la actualidad nos comunicamos y transmitimos mucho a través de plataformas digitales. Se tenía que respetar desde antes en otros medios, faltaba regular en las redes sociales, en las plataformas de internet también, porque ellos tienen el derecho a obtener un beneficio por la autoría de sus obras”, señaló.
Asimismo, Espadas Galván puntualizó que en “ningún lado” de las modificaciones que se aprobaron en la Cámara de Diputados se abordó el tema de la prohibición de reparar un celular o una computadora.
“Lo que sí se prohíbe es vender o distribuir copias de software piratas, aunque son medidas ya existentes hoy, la diferencia es que no estaban asentadas en la Ley de Derechos de Autor, pero el Código Penal ya las contemplaba en piratería”, precisó.
El diputado Santiago González Soto (PT), integrante de la Comisión de Cultura y Cinematografía, dijo que los usuarios de las redes sociales o plataformas digitales no tendrán ningún problema por hacer uso de todos aquellos bienes y obras que producen todos los autores.
“La ley es muy clara de que cuando no hay lucro y es con fines académicos, los usuarios pueden hacer uso de todas las obras”, abundó el también integrante de la Comisión de Radio y Televisión.
El legislador dijo que “hay una confusión” respecto a que si se hace algún tipo de reparación, modificación o adecuación a alguno de los dispositivos electrónicos se constituye un delito, sólo es en caso de softwares o aplicaciones.
José Luis Caballero, experto en derechos de autor, sostuvo que esta reforma busca dotar a los creadores de herramientas eficaces para garantizar que, en la utilización de sus obras, marcas, patentes, haya una aplicación rigurosa de la ley, con sanciones administrativas y penales a quienes las usen con ánimo de lucro o dolo, sin autorización.
Apuntó que es falso que se pretenda censurar el derecho de los ciudadanos y usuarios a acceder a contenidos o información que, de forma libre, se ponen a disposición en las plataformas digitales, pues alguien que crea o edita un libro, un fonograma, genera derechos orientados a establecer las condiciones en que éstos pueden ser utilizados y prohibir su uso en ciertos casos o formas de uso.
“Si un autor identifica que una obra suya ha sido puesta a disposición de forma ilegal, sin la autorización correspondiente y que quien la usa se beneficia económicamente, puede solicitar al proveedor de internet que inhabilite el acceso y nada tiene que ver con censura, sino con un derecho legítimo”, dijo.
También, el especialista consideró que se ha divulgado de forma exagerada e indebida que quien repare o modifique un dispositivo se hará acreedor a una pena privativa de la libertad.
Víctor Solís, abogado en derecho penal de la UNAM, apuntó que estas reformas plantean sanciones a quien distribuya, almacene, transmita y ponga a disposición del público obras a sabiendas que la información de gestión del derecho ha sido alterada.
Fuente: Comunicación Cámara de Diputados